Calculadora de Indemnización por Despido Objetivo
El despido objetivo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, indemniza con 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Tipo de despido
Tu salario
Antigüedad en la empresa
Compartir resultado
7671 €
Total por 100 días de salario
Salario diario
77 €
Base anual
28.000 €
Cálculo de la indemnización
Aclaraciones
- La indemnización está exenta de IRPF hasta un límite legal (actualmente 180.000 €).
- Para contratos anteriores al 12/02/2012, marca la casilla correspondiente: el periodo previo se indemniza a 45 días/año (tope 42 mensualidades) y el resto a 33 días/año, con el tope global que marca la disposición transitoria 5ª del RDL 3/2012.
- El despido disciplinario procedente (causas justificadas) no genera derecho a indemnización.
¿Te corresponde esta indemnización?
Te revisamos tu caso de despido y calculamos lo que te corresponde cobrar, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de indemnización corresponden por despido objetivo?
20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Es el mismo cálculo que se aplica al despido colectivo o por ERE.
¿Qué causas justifican un despido objetivo?
Causas económicas (pérdidas o descenso persistente de ingresos), técnicas (cambios en los medios de producción), organizativas (cambios en los sistemas de trabajo) o de producción (cambios en la demanda de los productos o servicios), además de otros supuestos como la ineptitud sobrevenida o la falta de adaptación a modificaciones técnicas.
¿Qué pasa si el despido objetivo se declara improcedente?
Si un juzgado determina que la causa alegada no está acreditada, el despido pasa a calificarse como improcedente y la indemnización sube a 33 días por año con el máximo de 24 mensualidades, descontando en su caso lo ya abonado.
¿Cuándo debe abonarse la indemnización?
En el despido objetivo, la indemnización debe ponerse a disposición del trabajador en el momento de comunicar la carta de despido, junto con el preaviso de 15 días o su compensación económica equivalente.

