Cómo se calcula la retención de IRPF en la nómina en 2026
La retención de IRPF se aplica sobre la base liquidable, tras deducir la Seguridad Social, la reducción por rendimientos del trabajo y el mínimo personal y familiar. Analizamos cada paso.
En este artículo
La retención de IRPF que figura en la nómina es un pago a cuenta del impuesto que se liquidará en la declaración de la renta del ejercicio siguiente. Su cálculo sigue una secuencia de pasos definida por la normativa del impuesto, que va reduciendo progresivamente la base sobre la que se aplica la tarifa.
Del salario bruto al rendimiento neto
En primer lugar, se resta del salario bruto anual la cotización a la Seguridad Social a cargo del trabajador (en torno al 6,5 % de la base de cotización, con una base máxima mensual de referencia), obteniendo el rendimiento neto del trabajo.
La reducción por rendimientos del trabajo
Sobre el rendimiento neto se aplica una reducción que beneficia especialmente a las rentas más bajas:
- Reducción general de 2.000 €.
- Reducción adicional de hasta 7.302 € para rendimientos netos iguales o inferiores a 14.852 €.
- Reducción adicional decreciente entre 14.852 € y 19.747,50 €, hasta desaparecer a partir de este último importe.
El resultado, tras aplicar esta reducción, constituye la base imponible.
El mínimo personal y familiar
De la base imponible se resta el mínimo personal y familiar, un importe que no tributa y que varía según las circunstancias del contribuyente:
- Mínimo del contribuyente: 5.550 € con carácter general (se incrementa en 1.150 € si el cónyuge no obtiene rentas superiores al propio mínimo).
- Mínimo por descendientes: 2.400 € por el primer hijo, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero y 4.000 € por el cuarto y siguientes.
- Incremento por discapacidad: 3.000 € adicionales en el primer grado reconocido.
El resultado de restar el mínimo personal y familiar a la base imponible es la base liquidable, sobre la que se aplica la tarifa progresiva.
La tarifa progresiva del IRPF
| Base liquidable (hasta €) | Tipo marginal |
|---|---|
| 12.450 | 19 % |
| 20.200 | 24 % |
| 35.200 | 30 % |
| 60.000 | 37 % |
| 300.000 | 45 % |
| En adelante | 47 % |
La tarifa se aplica de forma progresiva por tramos: cada tipo grava únicamente la parte de la base que se sitúa dentro de ese tramo, no la totalidad de la base liquidable.
La deducción por obtención de rendimientos del trabajo
Para bases liquidables de hasta 20.000 € se aplica una deducción adicional sobre la cuota: hasta 6.234 € para bases de hasta 16.470 €, decreciente entre ese importe y los 20.000 €. A partir de 20.000 € la deducción desaparece.
Contratos temporales y retención mínima
En los contratos de duración inferior al año, la retención aplicada no puede ser inferior al 2 % del salario bruto, con independencia del resultado que arroje el cálculo general, como garantía mínima para la Hacienda Pública.
Cálculo de su retención
La calculadora de IRPF desglosa cada uno de estos pasos según su situación personal y familiar. Puede complementarla con la calculadora de sueldo neto para conocer el importe final por nómina y con la calculadora de la renta para estimar si la declaración anual saldrá a devolver o a pagar.
Fuentes oficiales
- Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) — https://sede.agenciatributaria.gob.es
- Boletín Oficial del Estado (Ley del IRPF) — https://www.boe.es

